De acuerdo al
Reglamento de estudios de la UnADM, los requisitos a cumplir para solicitar
reinscripción a las asignaturas o a los módulos del semestre escolar
inmediato son el no adeudar más de tres asignaturas o determinado número de
módulos según corresponda a cada programa educativo, respetar y seguir la seriación
que se encuentra establecida en cada plan de estudios, no rebasar el plazo
máximo que se establece para para concluir el plan de estudios y no encontrarse
en algunas de las medidas administrativas previstas por el art. 61, las cuales
son la suspensión del derecho a cursar una asignatura o módulo hasta por un
semestre, la baja temporal hasta por dos semestres y la baja definitiva de la
Universidad e imposibilidad de reingreso. (art. 9).
Los casos donde el estudiante podrá
cursar la carga máxima académica son el haber cursado y acreditado, de forma
regular, todas las asignaturas o módulos de los semestres anteriores, así como
que las asignaturas o módulos se encuentren disponibles para el registro dentro
de la plataforma electrónica (art. 24).
En el artículo 29 se establece que
todas las evidencias de aprendizaje generadas por los estudiantes, incluyendo
las de conocimiento, desempeño y producto, deberán ser inéditas, así como ser
de la autoría del estudiante (art. 29). Cada estudiante tiene dos oportunidades
para cursar cada asignatura o módulo, la primera será de manera ordinaria y la
segunda será recursamiento (art. 32), en caso de no aprobar las materias de las
dos maneras antes mencionadas, el estudiante tiene la oportunidad de aprobarlas
presentando hasta un máximo de cuatro exámenes extraordinarios (art. 33).
Un estudiante será acreedor de la
baja por inactividad cuando se encuentre inscrito en alguna asignatura o módulo
y no presente evidencia de la entrega y/o realización de actividades académicas
solicitadas durante un periodo de veintiún días naturales consecutivos contados
a partir del inicio del bloque; en el historial académico las asignaturas o
módulos dados de baja aparecerá con un NP (no presentó), esto se aplicará solo
una vez por asignatura o módulo del mapa curricular (art. 40). El plazo para
terminar la totalidad de estudios se contará a partir de la inscripción y el
mismo no deberá de exceder el 100% adicional al tiempo previsto (art. 45).
Dentro del Reglamento en el artículo
57 se establecen los derechos de los estudiantes, en el 58 sus obligaciones y
en el 59 las causas de responsabilidad de los estudiantes. Una de las
obligaciones que es importante resaltar, es que los estudiantes deberán
realizar las actividades para la evaluación del aprendizaje con calidad y
eficiencia, es decir deberán ser los autores de los documentos entregados, los
mismos deberán contener información veraz y oportuna, así como deberán ser
entregados en los tiempos establecidos (art.58).
Finalmente, en el Código de ética
dentro del apartado dos, titulado Honestidad, se establece que los estudiantes
deben de respetar la propiedad intelectual de las demás personas a través del
otorgamiento y mención del reconocimiento a las obras creadas por otras
personas, así como evitar realizar acciones contrarias a los establecidos en
los principios éticos que deben de ser parte de la vida diaria de los
estudiantes.
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